Boletín de Información Económico Financiera 1/2013 - Línea ICO Empresas y Emprendedores 2013
BENEFICIARIOS
Autónomos y empresa, que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez.
También pueden solicitar financiación a través de la línea particulares y comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas o edificios, así como sus elementos comunes.
PLAZO LÍMITE PARA FIRMAR EL PRÉSTAMO
Hasta que finalicen los fondos disponibles y como máximo el día 16 de diciembre de 2013.
FUNCIONAMIENTO
El banco, caja o cooperativa de crédito en la que se presenta la solicitud decidirá sobre la concesión o no de la operación. Estas entidades son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación del préstamo ya que son ellas las que asumen el riesgo.
CONCEPTOS FINANCIABLES
Los préstamos pueden destinarse a financiar:
1. LIQUIDEZ(necesidades de circulante como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores…)
2. INVERSIONES.Se podrán financiar inversiones productivas dentro del territorio nacional que correspondan a:
a. Activos productivos nuevos o de segunda mano.
b. Vehículos turismos cuyo precio no supere los 30.000€ mas IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%
c. Adquisición de empresas
d. IVA
e. Gastos de circulante con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión.
3. REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS. Rehabilitación de vivienda o edificios y/o la reforma de sus elementos comunes.
Pueden financiarse inversiones realizadas previamente a la firma del contrato préstamos/leasing, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2012.
Desde la fecha de la firma del contrato de préstamo/leasing el cliente dispondrá de un año para la realización de la inversión objeto de financiación.
IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN
10 millones de euros, en una o varias operaciones por cliente y año.
En el caso de que el destino de la financiación sea la inversión, podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o leasing.
PORCENTAJE DE INVERSIÓN QUE SE PUEDE FINANCIAR
El 100% cuando la financiación se destine a inversión o rehabilitación de vivienda.
PLAZO DE AMORTIZACIÓN
En función del concepto financiable, se puede elegir entre las siguientes opciones:
1. LIQUIDEZ:
a. 1 año con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
b. 2 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
c. 3 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
2. INVERSIÓN Y REHABILITACIÓN DE VIVIENDA
a. 1 año con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
b. 2 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
c. 3 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
d. 5 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
e. 7 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
f. 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
g. 12 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
h. 15 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
i. 20 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
En el caso de préstamos que contengan inversión y liquidez, se podrá elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para inversión.
TIPO DE INTERÉS
Se puede elegir entre tipo de interés fijo o variable.
Para operaciones a plazo igual a 1 año: Fijo o variable (Euribor 6 meses) mas diferencial, mas hasta un margen del 2%.
Para operaciones a plazo superior a 1 año: Fijo o variable (Euribor 6 meses) mas diferencial, mas hasta un margen del 2,30%.
El tipo de interés final para el cliente (TAE) según el plazo y la modalidad escogida se publica quincenalmente. Se puede consultar el tipo de interés vigente en el apartado Tipos de Interés de la ficha del producto de la web www.ico.es.
GARANTÍAS
Cada entidad de crédito analiza la solicitud de financiación y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinará las garantías que va a ser necesario aportar, que pueden ser: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.
Las operaciones que cuenten con el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) deberán ser tramitadas a través de la Línea ICO SGR.
COMISIONES Y GASTOS
Las entidades de crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.
Los gastos de notaría, corretaje o registro, en su caso, se abonarán según se acuerde entre el cliente y la entidad de crédito.
CANCELACIÓN ANTICIPADA
El cliente podrá realizar la amortización anticipada de la financiación en las fechas y términos que se acuerden con la entidad financiera en su contrato.
Si el contrato no regulara expresamente en qué fechas puede realizar el cliente la cancelación, se entenderá que puede realizarse en cualquier fecha que elija.
Con carácter general se imputará una penalización del 1% sobre el importe cancelado. No obstante para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007 de regulación del mercado hipotecario, se imputará:
· Un 0,50% sobre el importe devuelto, a la fecha de liquidación de intereses, si la devolución se produce durante los primeros 5 años.
· Un 0,25% sobre el importe devuelto, a la fecha de liquidación de intereses, si la devolución se produce a partir del quinto año.
Si la amortización anticipada se produce durante los 2 primeros años de vida de la financiación, la entidad podrá aplicar, además, una comisión sobre el importe amortizado cuyo porcentaje variará en función del semestre en que se produzca la amortización.
COMPATIBILIDAD
Estos préstamos son compatibles con ayudas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Se deberá presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra.
Cuando el destino de la financiación sea la inversión o la rehabilitación de vivienda, el cliente debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que sirva como comprobante de que se ha realizado la inversión.
LUGAR DE SOLICITUD DEL PRÉSTAMO
En cualquier sucursal de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito que colaboran con ICO.