Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 12/2022 - Línea ICO Red.es Acelera

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) entre las líneas de financiación nacional tiene abierta a fecha de hoy la línea de financiación para la digitalización de empresas: Línea ICO Red.es Acelera.

 

La financiación se formalizará únicamente bajo la modalidad de préstamos.

 

Una vez el cliente realice el proyecto comprometido, RED.es verificará la justificación del mismo para obtener la ayuda que será el gasto efectivamente realizado.

 

La ayuda se le abonará minorando el principal pendiente del préstamo que tenga formalizado en la Línea  ICO Red.es Acelera. Si se ha obtenido el pago anticipado de la ayuda, se le abonará descontando el anticipo cobrado.

 

Si tras aplicar la ayuda a la minoración del préstamo, queda pendiente importe alguno, por ser superior al saldo vivo del préstamo concedido, se abonará dicho importe en la cuenta del cliente.

 

 

BENEFICIARIOS

 

Podrán solicitar esta financiación los beneficiarios de ayudas de las convocatorias publicadas por Red.es.

 

  • Empresas
  • Fundaciones, asociaciones y colegios profesionales
  • Entidades locales, Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ciudades Autónomas
  • Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios
  • Organismos Públicos de investigación de acuerdo al artículo 47 de la Ley 14/2011 de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008 de 19 de Diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

 

  

DONDE SOLICITAR

 

En las entidades de crédito que colaboran con ICO en este producto:

 

  • BBVA
  • Caja Rural Navarra
  • BCC (Grupo Cajamar)
  • Banco Sabadell
  • Banco Cooperativo
  • C.R. Central
  • Caja Rural de Zamora
  • Unicaja Banco

 

 

Los clientes deberás solicitar la aprobación de sus proyectos y la correspondiente ayuda a RED.es en las fechas y condiciones establecidas en las correspondientes convocatorias publicadas por dicha entidad que se sujeten a la Línea ICO RED.ES ACELERA

 

Será la entidad de crédito en la que se presente la solicitud, la que decidirá la concesión o no de la financiación y será ella la que determine la documentación que necesita sea presentada por el cliente en cada caso.

 

 

IMPORTE MÁXIMO

 

Hasta el 100% del importe del proyecto.

 

En caso de solicitarse pago anticipado de la ayuda, se descontará este importe.

 

 

OBJETO DE FINANCIACIÓN

 

Proyectos para los que se apruebe la concesión de ayudas por RED.es.  

 

A título indicativo, los siguientes:

 

  1. Proyectos de desarrollo experimental que podrán incluir la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en tecnologías tales como:
    1. Inteligencia artificial, Internet de las Cosas (IoT), tecnologías 5G, tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, computación en la nube, ciberseguridad….
    2. Contenidos digitales: puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales, aplicaciones móviles…

 

  1. Proyectos que fomenten desarrollo, impulso y adopción de tecnologías digitales, que posibiliten el estímulo de la demanda, así como el desarrollo de proyectos tractores y el emprendimiento en el ámbito tecnológico.

 

 

TIPO DE INTERÉS

 

La TAE aplicable será la suma del coste de la comisión inicial mas el tipo de interés con los siguientes límites:

 

  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta 2,30 %.
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta 4,00%.
  • Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta 4,30%.

 

En el caso de que el tipo de interés elegido sea variable la Entidad de Crédito procederá a la revisión semestralmente de acuerdo a lo establecido en el contrato de préstamo.

 

En el siguiente enlace se puede consultar la TAE máxima aplicable en cada momento TAE máxima . Estos datos se actualizan quincenalmente.

 

 

COMISIONES Y GASTOS

 

Será la Entidad de Crédito la que decidirá aplicar o no, comisión de apertura. El coste de esta comisión mas el tipo de interés de la operación no podrá superar la TAE máxima indicada en el párrafo anterior.

 

Comisión de amortización anticipada: podrá aplicarse de forma voluntaria.

 

Con carácter general será:

 

  • En caso de tipo de haber firmado la operación a tipo de interés fijo: 1% sobre el importe cancelado.
  • Si se ha formalizado a tipo de interés variable: Comisión máxima del:

 

    • 0,05% si la vida residual del préstamo es de hasta 2 años.
    • Hasta el 0,15% operaciones con vida residual superior a 2 años e inferior a 5.
    • 0,40% a las operaciones con vida residual superior a 5 años

 

Si la amortización anticipada es obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.

 

 

PLAZO DE AMORTIZACIÓN

 

  • De 1 a 6 años con 0 ó 1 año de carencia del principal
  • De 7 con 0, 1 ó 2 años de carencia del principal

 

 

GARANTÍAS

 

La entidad de crédito podrá solicitar las garantías que considere necesarias. Deberán estar relacionada con el objeto financiado y con el límite del importe del préstamo que se garantiza.

 

 

COMPATIBILIDAD

 

Estas ayudas son compatibles con la percepción de otras ayudas o subvenciones, para el mismo proyecto subvencionable procedentes de cualquier Administración o ente público, siempre que las normativa aplicable en cada caso, lo permita.

 

 

VIGENCIA

 

Esta línea estará vigente hasta el 31 de Marzo de 2024.

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