Boletín de Información Económico Financiera 1/2024 - Orden EIE/12/2024 de 19 de marzo. Presentación de Presolicitudes Ayudas ADER
Con fecha 21 de Marzo de 2024 se ha publicado la Orden EIE/12/2024, de 19 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas.
A partir de dicha fecha y hasta la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria, se puede presentar presolicitud de ayuda para aquellas inversiones que se vayan a iniciar con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
Se analizan a continuación los aspectos más relevantes del concepto presolicitud, novedad desde este año 2024.
Las ayudas publicadas por la ADER para proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas (Líneas IGI e INP) tienen carácter incentivador. Es decir antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, el beneficiario ha de presentar la correspondiente solicitud, o, en su caso, la presolicitud.
Qué supone presentar la presolicitud para la empresa
En el caso de estas líneas de ayudas, las inversiones que se realicen antes de la fecha de presentación de la solicitud, serán subvencionables si se garantiza el efecto incentivador. A tal efecto, se podrán tener en cuenta en cada convocatoria las inversiones que se prevean realizar con anterioridad a la convocatoria de ayudas, si previo al inicio de las inversiones, la entidad solicitante ha presentado una presolicitud de ayuda de forma telemática.
Cuándo se pueden presentar las presolicitudes
- En el año 2024 desde la publicación de las bases (21 de Marzo de 2024).
- A partir del año 2025 se podrán presentar desde el 1 de Enero de cada año.
Condiciones que se deben cumplir
En el caso de que se haya presentado presolicitud, se deberá presentar necesariamente, una vez abierta la convocatoria correspondiente la solicitud definitiva.
Esta presolicitud formará parte del expediente de solicitud.
Sólo se admitirá una presolicitud por empresa.
El orden de presentación de la presolicitud no vinculará a efectos de determinar el orden de resolución. Será el orden de las solicitudes el que lo determinará.
La presentación de presolicitud no implica aceptación automática de las inversiones incluidas en la misma, ya que estás deberán cumplir con los requisitos de la convocatoria que se publique.
Los datos del proyectos incluidos en la presolicitud únicamente surtirán efectos a fin de justificar el efecto incentivador, no siendo necesario que la totalidad del proyecto en ella incluido, coincida con el que debe aportarse en la solicitud.
Al respecto se deberá tener en cuenta:
- Si en la solicitud se incluye alguna inversión, que se hubiera iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda sin haber presentado presolicitud, el proyecto de inversión se considerará en su totalidad no subvencionable.
- Si en la solicitud se incluye alguna inversión que se hubiera iniciado con anterioridad a la presentación de la presolicitud, el proyecto de inversión se considerará en su totalidad no subvencionable.
- Si en la solicitud se incluye alguna inversión que se hubiera iniciado con posterioridad a la presolicitud y con anterioridad a la presentación de solicitud, sólo serán subvencionables las inversiones incluidas en la presolicitud.
Si la presolicitud se presenta en nombre de persona física en representación de una sociedad en proceso de constitución, no se aceptarán en el presupuesto subvencionables las inversiones iniciadas con anterioridad a la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil, o en el registro que corresponda.
Solicitudes
Toda la tramitación deberá realizarse de forma telemática.
Antes de presentar la solicitud, se deberá obtener la credencial a través de la firma digital, en la sede electrónica de la ADER http://www.ader.es/sede-electronica/ y consta de: Número de solicitud, Usuario y Contraseña.
La obtención de esta credencial no implica la presentación de la presolicitud. Esta se realizará a través de la cumplimentación completa y envío del formulario correspondiente, al que se accede en todo momento a través de los datos de la credencial.
Normativa
Orden EIE/12/2024 de 19 de marzo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas (BOR nº 58 de 21 de Marzo de 2024