Federación de Empresas de la Rioja

Un seguro imprescindible

UN SEGURO IMPRESCINDIBLE

  • El seguro de Responsabilidad de Administradores y Directivos. Introducción
  • Reclamaciones más frecuentes
  • ¿Cuál es el riesgo de gestión como Administrador o Directivo?
  • Los Administradores  en el banquillo. (La reforma del Código Penal de 2010)
  • ¿Cuáles deben ser la condiciones claves de una Póliza D&O? (¡Chequee la suya!)
  • Algunas razones para contratar el seguro
  • Facilidad de contratación
  • Ejemplos de siniestros reales en España. (Hasta 2010)

El seguro de Responsabilidad de Administradores y Directivos. Introducción

Si siempre se ha considerado su contratación necesaria, la situación actual  hace que el Seguro de Responsabilidad de Administradores y Directivos (Pólizas D&O)  sea de contratación imprescindible.

La exposición al pleito nunca ha sido mayor que en el ambiente social y público de hoy en día.

Las modificaciones en la legislación (nuevas leyes societarias, penales, laborales o de competencia), la obligatoriedad de aportar información cada vez más completa sin olvidar la complejidad cada vez mayor en las operaciones comerciales en el ambiente de crisis que actualmente vivimos son el caldo de cultivo para el aumento de reclamaciones.

El objetivo principal de una Póliza D&O debe ser salvaguardar el patrimonio personal del Administrador y Directivo (haciendo frente a gastos de defensa, fianzas, multas administrativas e indemnizaciones a terceros perjudicados) así como dar cobertura a su cónyuge, masa hereditaria o incluso pareja de hecho. Hay que tener presente que los gastos de defensa pueden ser enormes, lo que supone que aunque se gane en el fondo del pleito se pueda perder muchísimo dinero.

Reclamaciones más frecuentes:

Insolvencia

Incumplimiento de contrato

Información incorrecta

Falta de supervisión y/o negligencia en la gestión

Mala decisión en la compra o venta de sociedades o activos

Información incorrecta

Demanda por Falsedad Documental

Mobbing …

¿Cuál es el riesgo de gestión como Administrador o Directivo?:

Es legalmente responsable tanto de errores como de omisiones en la gestión de la Sociedad y es una responsabilidad que se asume de forma personal, solidaria e ilimitada.

Y no olvidar que la familia del Administrador o Directivo también puede verse afectada por una reclamación.

Ley de Sociedades de Capital (art. 236 y 237)

Los Administradores responden de forma solidaria y con posible inversión de la carga de la prueba.

Puede reclamar cualquier tercero (acreedores, accionistas, autoridades, competidores, clientes,…)

Incluso por las deudas de las Sociedades si no se adoptan medidas en caso de desequilibrio.

Ley Concursal (art 48.3 y 172)

En situación de concurso se agrava el régimen y la severidad en el castigo, incluso embargando de forma preventiva los bienes de los Administradores.

Los Administradores  en el banquillo. (La reforma del Código Penal de 2010):

La nueva norma ha introducido nuevos delitos que inevitablemente harán que un Administrador o Directivo de Empresa pueda verse declarando ante un Juez.

Destacan el delito de “Corrupción entre Particulares”, “Acoso Laboral”, “Delitos Bursátiles” o nuevos tipos de “Delitos Medioambientales”. También han aumentado las penas de los “Delitos Fiscales”, los “Delitos contra la Seguridad Social” o el “Alzamiento de Bienes”.

La vía penal es más ágil y menos costosa que la civil para el demandante (en la mayoría de los casos no hay condena en costas). Por ello, y porque los jueces penales tienen competencia para valorar las responsabilidades civiles que se hayan generado por el delito, va a ser utilizada con mucha mayor facilidad que la vía civil de reclamación.

¿Cuáles deben ser la condiciones claves de una Póliza D&O? (¡Chequee la suya!):

Salvaguardar el patrimonio personal de los Administradores y Directivos.

Incluir, de forma anticipada, la cobertura de gastos, independientemente de que la reclamación sea injustificada o se alegue una conducta penal no cubierta.

Otorgar cobertura, con retroactividad, a todos los Administradores y Directivos de la Sociedad contratante, a sus filiales, y a los representantes en entidades participadas, presentes, pasados y futuros, de forma automática e innominada.

En caso de no renovación de la Póliza, debería dar cobertura durante un mínimo de 4 años a los antiguos Administradores y Directivos que hayan cesado en su cargo antes del vencimiento de la misma.

Coberturas adicionales interesantes:

Responsabilidad tributaria subsidiaria (art 43.1 Ley General Tributaria)

Responsabilidad por prácticas de empleo indebidas.

Gastos de restitución de imagen

Algunas razones para contratar el seguro:

Para el Administrador o Directivo:

  • Porque el régimen de responsabilidad actual compromete su patrimonio de forma ilimitada.
  • Porque su responsabilidad continua después de dejar el cargo que ocupaba (venta, sucesión)
  • Porque la expansión geográfica y la diversificación de productos aumenta considerablemente su exposición al riesgo. 
  • Porque el número de reclamaciones y su cuantía va en aumento, y esto se ha agravado en la situación actual de crisis.

Para la propia Sociedad:

  • Porque la contratación de este seguro garantiza una dirección empresarial más dinámica, permitiendo a los administradores asumir el nivel de riesgo adecuado.
  • Porque la contratación de este seguro garantiza a la Sociedad, en la interposición de acciones sociales, el cobro de los daños que le haya podido causar la actuación negligente de sus Administradores.

Facilidad de contratación

Una cotización orientativa puede conseguirse facilitando solamente el nombre y cif de la Sociedad, su actividad y su volumen de facturación.

Ejemplos de siniestros reales en España. (Hasta 2010):

En un concurso de acreedores declararon culpables a los Administradores. El importe de la reclamación ascendió a 2.000.000 euros más los gastos de defensa.

Un Directivo es reclamado por competencia desleal después de haber sido acusado de llevarse información confidencial. Fue absuelto pero incurrió en gastos de defensa por 40.000 euros.

Reclamación a los Directivos de una Sociedad por la ruptura del acuerdo de compra de otra Sociedad.

Los Administradores de una Sociedad son reclamados por los accionistas de la misma por vender el único activo importante de una Sociedad a un precio por debajo del mercado.

Un banco demandó a los Directivos de una Sociedad por divulgar información engañosa para conseguir financiación.

Unos trabajadores demandan a los Directivos de la Empresa responsabilizándoles por la situación de quiebra de la misma, que impide que puedan cobrar sus indemnizaciones íntegramente


ASESORÍA DE LA ASOCIACIÓN DE CORREDORES DE SEGUROS DE LA RIOJA
FER-ADECOR

 

PARA SABER MÁS SOBRE ESTE SEGURO:
CONTACTO: Pedro Jiménez-Taza
TELÉFONO: 941 271 271
FAX: 941 26 25 37
WEB: www.fer.es
E.MAIL: pedro.asesorias@fer.es

 

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