Las empresas se rebelan contra los cambios en el impuesto de Sociedades
Fuente: Expansión. Edición 25 de agosto de 2011
Las grandes empresas se plantean recurrir el golpe fiscal en el Impuesto sobre Sociedades que se aprobó el martes en el Congreso de los Diputados.
Las fuentes consultadas por EXPANSIÓN señalan que las compañías consideran que algunas de las iniciativas que el Ejecutivo de Zapatero acaba de poner en marcha para controlar el déficit público son ilegales. Algunos abogados van incluso más allá y opinan que podrían llegar a contradecir hasta los principios de la Constitución. La mayoría de los expertos consultados y las patronales coinciden en que hay varios problemas legales. La medida más criticada es que se haya puesto freno al crédito fiscal.
Francisco González, socio de Ernst & Young y experto en temas fiscales, considera que la limitación entre 2011 y 2013 de la deducción de las bases imponibles negativas de años anteriores en el Impuesto sobre Sociedades se encuentra en el “terreno de lo ilegal”. González cree que la medida es “inconstitucional” ya que “contradice el principio de capacidad contributiva”.
En román paladino: el Gobierno ha cambiado las reglas del juego sobre la marcha a empresas que hicieron una inversión que generaba pérdidas, pero que contaban con que se las podría deducir a posteriori al pagar el Impuesto de Sociedades.
Este fiscalista pone de manifiesto que las empresas perjudicadas a las que representa, las de más de 20 millones de euros, recurrirán la iniciativa de Salgado. Hay dos vías. Por un lado, la batalla legal. Por otro, la fiscal. El experto opina que las compañías deben impugnar la autoliquidación del Impuesto de Sociedades cuando lo declaren y pedir un aplazamiento de la cuota que les salga a pagar, que el Gobierno no podrá negar a las empresas solventes. Esto reducirá sensiblemente el impacto recaudatorio del nuevo plan de la vicepresidenta económica, Elena Salgado.
Para los expertos de Cuatrecasas el aspecto que es más censurable del Real Decreto también está en la compensación de bases negativas, dado el impacto que puede generar en las empresas. Además, se muestran muy críticos con la Exposición de Motivos del Real Decreto, donde se insiste en que estas medidas no tendrán un perjuicio económico o fiscal en las empresas, cuando sí lo hay.
Para Equipo Económico, por su parte, la parte del Real Decreto que levanta más suspicacias es la relacionada con los cambios de Fondo de Comercio. Jesús Sanmartín, del REAF, apuntó, además de la inseguridad jurídica que supone el cambio del pago fraccionado, la posibilidad de que en la tramitación de urgencia de la norma se hayan incumplido los trámites legales que una modificación de este tipo exige.
El descontento ha llegado hasta la patronal madrileña Ceim. Su presidente, Arturo Fernández, declaró ayer a este diario que la medida de adelantar el pago del Impuesto sobre Sociedades “es pan para hoy y hambre para mañana”. “El Gobierno nos va a quitar financiación, nos va a coartar a que podamos crecer y que podamos crear empleo”, opina el empresario, que anuncia que los sectores afectados “moverán ficha” para intentar revocar el real decreto al que dio luz verde el Ejecutivo esta semana.
Fernández tuvo la oportunidad de trasladar a la vicepresidenta Elena Salgado el descontento de las grandes compañías, aunque la respuesta de la número dos del Gobierno no le satisfizo: “Hay que ser solidarios porque Italia y Francia se están moviendo”, defendió Salgado. Dentro de la patronal, quienes tampoco han podido disimular su “descontento” son las constructores. “Si están en una crisis impresionante, ¿cómo van a adelantar el dinero que no tienen?”, resume el empresario madrileño.
¿Cómo recurrir los cambios en Sociedades?
Las grandes empresas pueden recurrir el Real Decreto mediante un recurso contencioso-administrativo que, en primera instancia, se tramita en la Audiencia Nacional y que, en segunda instancia, puede llegar al Tribunal Supremo. En el caso del adelanto de los pagos a cuenta, las compañías podrían sustentar el recurso en la inseguridad jurídica que genera un cambio de norma a mitad del ejercicio fiscal. De manera individual, cada empresa podría abonar el pago e, inmediatamente después, solicitar la devolución, aunque es un trámite que lleva meses, según recuerda Luis Leis, profesor del IE Law School.
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