Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 12/2008

Ayudas de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIS)

Boletín de Información Económico Financiera 12/2008

Ayudas de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIS)

Con fecha 29 de octubre de 2008 se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja, la Resolución de 21 de octubre por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2008 de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de la ADER, destinadas al fomento de la I+D+i a través del apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras (AEIs).

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de diciembre de 2008

BENEFICIARIOS

Las agrupaciones empresariales innovadoras: combinación en un espacio geográfico o sector concreto de empresas, centros de formación, unidades de investigación públicos o privados y otros agentes públicos o privados, involucrados en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador.

Esta actividad se organizará en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo, o una rama o sector científico-tecnológico de referencia.

El objeto de la agrupación empresarial innovadora así estructurada será fomentar relaciones mutuas y de compartir instalaciones, intercambiar conocimientos y saberes especializados contribuyendo con eficacia a la transferencia de tecnología, la creación de redes y la divulgación y alcanzar una masa crítica tal que permita asegurar su competitividad y visibilidad nacionales e internacionales.

La ayuda se concederá exclusivamente a la entidad jurídica que gestiona la agrupación.

Desde el punto de vista jurídico, la AEI deberá tener personalidad jurídica propia correspondiente al de una entidad sin fin de lucro, y estar legalmente constituidas en La Rioja.

Todas las AEIs beneficiarias deberán de estar ubicadas y tener domicilio social en La Rioja.

La participación de empresas u otras organizaciones riojanas será mayoritaria dentro de la AEI.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y BENEFICIOS

a) Infraestructuras de investigación de libre acceso tales como laboratorios e instalaciones de ensayo.

Conceptos subvencionables

  • Equipos, maquinaria e instalaciones, siempre y cuando dichas inversiones estén directamente vinculadas a la captación, desarrollo, gestión, coordinación y comercialización de proyectos de I+D+i o tecnología. Se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración de la actividad subvencionable.

En la convocatoria de este año no se consideran subvencionables las inversiones en terrenos y edificios.

Beneficios

Hasta el 35% para las AEIs que tengan la consideración de pequeñas empresas

Hasta el 25% para las AEIs que tengan la consideración de medianas empresas

Hasta el 15% para las AEIs que tengan la consideración de grandes empresas

b) Funcionamiento de las estructuras de coordinación y gestión

c) Realización de actuaciones específicas

d) Coordinación y gestión de proyectos consorciados.

Para estas tres actuaciones se podrán financiar los siguientes gastos:

· Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos con los topes salariales máximos indicados en el anexo II de la presente convocatoria.

· Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y de aquellos otros servicios que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y resulten necesarios para la ejecución de la actuación prevista.

· Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización de la actividad, por parte del personal técnico aludido en el anterior punto a) de este apartado.

· En las actuaciones enumeradas en el apartado b) correspondiente a Funcionamiento de las estructuras de coordinación y gestión de la AEI mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento, serán también subvencionables los gastos de personal administrativo y gastos corrientes y de infraestructura.

· Respecto a los costes de gastos corrientes se imputarán en la medida y durante el período en que se realicen las actividades subvencionables, incluyéndose conceptos como materiales para investigación, fungible, etc si fuera el caso.

Beneficios

b) Funcionamiento de las estructuras de coordinación y gestión: Hasta una intensidad media máxima durante el periodo de financiación del 50% de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 250.000 euros al año de gasto.

c) Realización de actuaciones específicas dirigidas a fortalecer el potencial innovador y la competitividad (análisis, coordinación y preparación de proyectos en áreas tales como la dinamización, la gestión empresarial, la internacionalización, la logística, la tecnología, la innovación y otras), hasta una intensidad media máxima durante el periodo de financiación del 50% de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 100.000 euros al año de gasto.

d) Coordinación y gestión de proyectos consorciados destinados a promover acciones conjuntas entre diferentes AEI o entre éstas y otras agrupaciones de carácter similar ubicadas en territorio de la Unión Europea previamente identificadas, hasta una intensidad media máxima durante el periodo de financiación del 50% de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 100.000 euros al año de gasto.

La realización conjunta de las actividades descritas en los puntos b), c) y d) no supondrá un gasto subvencionable anual superior a 350.000 euros

LEGISLACIÓN

  • Orden 19/2008, de 5 de junio de 2008, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo económico de La Rioja destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, en régimen de concurrencia competitiva (B.O.R. nº 79, de 14 de junio de 2008)
  • Resolución de 21 de octubre de 2008, del Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2008 de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la agencia de desarrollo económico de la rioja destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, a través del apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras (AEIs), en régimen de concurrencia competitiva (B.O.R. nº 140, de 29 de octubre de 2008)
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