Boletín de Información Económico Financiera 3/2008
Bases Reguladoras de Subvenciones para la Implantación, reforma e impulso de la Competitividad del Comercio Minorista en Logroño
Boletín de Información Económico Financiera 3/2008 Bases Reguladoras de Subvenciones para la Implantación, reforma e impulso de la Competitividad del Comercio Minorista en Logroño Con fecha 27 de marzo de 2008 se ha publicado en el BOR nº 42 las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la implantación, reforma e impulso de la competitividad del comercio minorista en Logroño. A fecha de hoy está pendiente la publicación de la convocatoria.
OBJETO Financiación de los gastos en inversiones ya ejecutadas de instalación, equipamiento y modernización de las empresas comerciales, así como las inversiones destinadas a la mejora de la imagen, la competitividad y la calidad de dichas empresas. BENEFICIARIOS · Personas físicas o jurídicas, que hayan implantado un establecimiento comercial al por menor, o que hayan acometido la reforma o modernización de establecimientos comerciales, y cuyas inversiones hayan sido realizadas, desde el 16/10/07 hasta el 30 de septiembre de 2008. · Que se traten de pequeñas empresas independientes dedicadas al comercio minorista y cuya actividad principal está encuadrada en algún grupo y/o epígrafes del IAE incluidos en el sector de comercio al por menor. · El local o establecimiento comercial deberá estar situado dentro de los límites del casco urbano de Logroño y situado a nivel rasante del suelo (se incluyen mercados públicos o privados) · Los beneficiarios deben ejercer la actividad en el local objeto de subvención con fecha anterior a la finalización de la convocatoria. · Quedan excluidos quienes hayan sido beneficiarios de las subvenciones al comercio minorista del Ayuntamiento de Logroño en la convocatoria inmediatamente anterior. INVERSIONES SUBVENCIONABLES 1. Elaboración del Proyecto Técnico y Dirección de obra visado por el Colegio Oficial correspondiente. 2. Obras de adecuación interior de los locales comerciales que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o a la mejora de la imagen del local. 3. Remodelación y reforma de la fachada del establecimiento. 4. Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso de las personas cono movilidad reducida. 5. Implantación de medidas de seguridad y accesibilidad al establecimiento. 6. Adquisición de maquinaria relativa a la actividad comercial. 7. Maquinaria electrónica o mecánica que no suponga la transformación o fabricación de materias primas objeto de actividad industrial. 8. Mobiliario, enseres y equipamiento comercial. 9. Rótulos, toldos y marquesinas comerciales. 10. Equipos informáticos y software. 11. Contratación de planes estratégicos de empresa que afecten a la mejora de la competitividad del negocio. 12. Contratación de estudios de consultoría para la implantación de normas de calidad para el comercio o para la certificación de la norma. 13. Contratación de diagnósticos del punto de venta. El importe mínimo de inversión es 1.000€ SUBVENCIÓN · El importe de la inversión máxima subvencionable es de 60.000€ · La cuantía máxima de subvención es del 30% · Estas ayudas son compativles con cualquier otra ayuda que pueda otorgar otra institución pública con el mismo objeto y finalidad, siempre que el total percibido no supere el 60% del total de los conceptos subvencionables. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN En general en el Registro del Ayuntamiento de Logroño desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, finalizando el día que establezca dicha convocatoria |